No obstante, a efectos de este artículo incluimos la definición del concepto de RSC / RSE dada por el Observatorio de Responsabilidad Social Corporativa, como: «La forma de conducir los negocios de las empresas que se caracteriza por tener en cuenta los impactos que todos los aspectos de sus actividades generan sobre sus clientes, empleados, accionistas, comunidades locales, medioambiente y sobre la sociedad en general. Ello implica el cumplimiento obligatorio de la legislación nacional e internacional en el ámbito social, laboral, medioambiental y de Derechos Humanos, así como cualquier otra acción voluntaria que la empresa quiera emprender para mejorar la calidad de vida de sus empleados, las comunidades en las que opera y de la sociedad en su conjunto».
La RSE debe regirse por al menos los siguientes cinco principios básicos:
1º) La RSE debe ir más allá del estricto cumplimiento de la legislación nacional e internacional vigente, entre las que se cuentan como más relevantes:
Derechos Humanos: La Declaración Universal de los Derechos Humanos establece que las empresas, como órganos de la sociedad, tienen la obligación de observar, respetar y promover la normativa internacionalmente aceptada en materia de Derechos Humanos en los países donde operan e incluirlos como referencia en sus códigos de conducta.
Derechos Laborales: La Organización Internacional del Trabajo (OIT) especifica los cuatro derechos fundamentales de los trabajadores: Libertad de asociación, prohibición del trabajo forzoso, prohibición del trabajo infantil, y no discriminación.
2º) La RSE es de carácter global, es decir, afecta a todas las áreas de negocio de la empresa y sus participadas, así como a todas las áreas geográficas en donde desarrollen su actividad. Afecta por tanto a toda la cadena de valor necesaria para el desarrollo de la actividad, prestación del servicio o producción del bien.
3º) La RSE comporta compromisos éticos objetivos que se convierten de esta manera en obligación para quien los contrae. Nos interesa destacar:
Corrupción: La responsabilidad empresarial en el ámbito de la corrupción se encuentra recogida en el Convenio de la OCDE de lucha contra la corrupción de funcionarios públicos extranjeros en las transacciones comerciales internacionales, que establece como delito que las empresas sobornen funcionarios públicos.
Transparencia contable: las empresas deberán tomar las medidas que sean necesarias, dentro del marco de sus leyes y reglamentos relativos a la contabilidad, a la publicación de estados financieros y las normas de auditoría.
4º) La RSE se manifiesta en los impactos que genera la actividad empresarial en el ámbito social, medioambiental y económico. Entre los impactos más destacables están:
Salud: El Derecho Universal a la Salud está recogido en la Declaración Universal de Derechos Humanos y en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. Esto implica que las empresas tienen la obligación de contribuir en las comunidades donde operan a la no discriminación respecto al acceso a bienes y servicios relacionados con la salud, y a proporcionar educación y acceso a la información relevante sobre salud y métodos de prevención de enfermedades. Adicionalmente, las empresas tienen la obligación de garantizar un entorno de trabajo saludable lo que implica la prevención de accidentes y enfermedades.
Medio ambiente: Las Naciones Unidas reconocen el desarrollo sostenible como un Objetivo Universal. Además, muchos de los tratados de la OCDE para Empresas Multinacionales especifican la responsabilidad sobre los efectos que tienen sus procesos, productos y servicios en la calidad del aire, del agua, en el clima y en la biodiversidad.
5º) La RSC se orienta a la satisfacción e información de las expectativas y necesidades de los grupos de interés. Nos interesa destacar en especial la Protección del consumidor. Las directrices de Naciones Unidas para la protección del consumidor se basan en ocho principios que legitiman internacionalmente los intereses de los consumidores: derecho al acceso a bienes y servicios básicos, derecho a la seguridad, derecho a la salud, derecho a la información, derecho a elegir, derecho a ser escuchado y reclamar, derecho a la educación como consumidor, así como el derecho a la sostenibilidad.
Todo lo anterior nos lleva a concluir que la RSE:
En cierta manera podríamos preguntarnos ¿qué ganan las empresas adoptando acciones voluntarias más allá de la numerosa y exigente legislación nacional e internacional? Un par de respuestas de entre todas las posibles son:
a) Las empresas han comenzado a adoptar la RSE no sólo como resultado de presiones de los consumidores, proveedores, comunidad, organizaciones de activistas, inversionistas, etc., sino porque la RSE es también una actividad estratégica adicional en la competencia comercial.
b) La empresa desempeña un papel muy importante en la vida de las personas, no sólo como generadora de empleo y de riqueza, sino como agente de desarrollo en las comunidades en la que está inserta. Las grandes empresas son conscientes de ello y aprovechan las expectativas que genera la RSE para obtener ventajas competitivas (ayudan ayudándose).
Por todo lo anterior, la sociedad en general debe tomar conciencia de que el concepto de RSE no debe quedar únicamente en manos de las empresas, sino que debe presionar para que el concepto sea tomado por los gobiernos como base de mejora y ampliación de la normativa actual aplicable y sea posible una rápida, eficiente y regulada inclusión en los derechos y obligaciones de empresas y grupos de interés. El dilema de Goodpaster y Mathews nos pone en sobre aviso “las grandes empresas son tan poderosas que es peligroso que se inmiscuyan en temas sociales y políticos, pero también lo es que se dediquen a maximizar sus beneficios. En consecuencia, si entrando en temas sociales y políticos tienen posibilidades ciertas de aumentar sus ganancias, simplemente lo harán.”
Orientando el concepto de RSE hacia Seguridad, en el principio básico cuarto, apartado de Salud, se mencionaba “adicionalmente, las empresas tienen la obligación de garantizar un entorno de trabajo saludable lo que implica la prevención de accidentes y enfermedades.” Una interpretación de esta frase con mentalidad amplia y abierta podría llevarnos a pensar que las empresas están obligadas de manera incondicional a garantizar un entorno de trabajo saludable y seguro. Esta interpretación, aunque deseada, es equivocada. Las empresas están obligadas a cumplir la normativa aplicable y vigente que constituye el mínimo a satisfacer, ir más allá es un acto voluntario del empresario. Es decir, la mención explícita de Seguridad en el concepto de RSE nos deja en la misma o parecida situación en la que estamos. No obstante, el concepto de RSE nos abre grandes esperanzas; normas internas y buenas prácticas industriales aplicadas hoy de manera voluntaria formarán en el futuro parte de la normativa aplicable. Además, la aceptación voluntaria del concepto de RSE dará como resultado empresas y sectores industriales más competitivos, lo que requerirá, entre otros avances, la optimización en la utilización de los recursos técnicos, humanos y financieros, evitando el derroche de materiales y la minimización de pérdidas económicas por hechos accidentales, esto sólo podrá conseguirse adaptando y mejorando la gestión de Seguridad.
Y es en el campo de la gestión de Seguridad donde una vez más podremos encontrar uno de los grandes problemas a solucionar. Muchos empresarios, e incluso asociaciones empresariales, relacionan la gestión de Seguridad con la burocratización, o lo que es lo mismo; una mayor dedicación de los recursos ya escasos que además requieren ser cada vez más específicos y profesionales, con el resultado de un incremento de gastos en actividades no productivas. Esta visión es del todo errónea, para esclarecerla bastaría con proporcionar a los empresarios herramientas de investigación de las causas raíces de los accidentes e incidentes y del cálculo de los costos asociados. La simple comparativa entre el costo de accidentes y el de la prevención les haría desistir de esta visión.
Pero los empresarios no son los responsables únicos en la instauración de esta visión. Consideremos:
Desde PREVENSIS creemos que podemos ayudar a los empresarios que necesiten asistencia. Si logramos ayudar entonces colaboraríamos en abrir de par en par las puertas para que el empresario adopte medidas de Seguridad más allá de lo contenido en la normativa legal e incluso en la RSE.
Para saber más: